Empresas y profesionales que pertenecen a España, actualmente buscan ampliar sus actividades al mercado intracomunitario por los beneficios que esto ofrece. En ese sentido, es importante conocer todas las regulaciones alrededor de las relaciones comerciales con empresas pertenecientes a la Unión Europea.
Por ello, nos hemos dedicado a detallar todo lo relacionado al NIF intracomunitario, que resulta importante al momento de facturar y tributar en España las transacciones intracomunitarias.
El NIF intracomunitario, también llamado número de operador intracomunitario, es un número de identificación otorgado por la Agencia Tributaria para que las empresas o profesionales vendan productos o presten servicios dentro de la Unión Europea.
Es decir, se otorga cuando la empresa o persona se inscribe en el Registro de Operadores Intracomunitarios y puede realizar adquisiciones intracomunitarias. Así, se le permite transacciones de compra, venta, contratación de bienes o servicios a países de la Unión Europea sin que se le cargue el IVA español a la factura.
Entonces, las personas y empresas que estén correctamente inscritas en el censo VIES, es decir, en el Registro de Operadores Intracomunitarios, estarán exentas del pago de IVA o realizar una declaración mediante el mecanismo de autoliquidación.
El punto importante para todas las empresas y las personas que están interesadas en este tema es precisamente cómo obtener su NIF intracomunitario. Para comenzar, es importante aclarar que desde hace un tiempo la Administración se ha hecho más rigurosa con el proceso para obtener su NIF intracomunitario.
El procedimiento vigente comienza con una serie de requisitos que contempla: disponer de factores emitidas o recibidas de proveedores o clientes pertenecientes a otros países de la Unión Europea, inspecciones de distintas índoles y documentación que valide la necesidad de contar con un NIF intracomunitario.
Por supuesto, todo este proceso comienza con el cumplimiento del modelo 036 de Hacienda solicitando el IVA intracomunitario, para ellos hay que marcar las casillas 582 y 584 e indicar la fecha en la cual se va a emitir la primera factura intracomunitaria.
Después de esto, comienza toda la verificación de documentos descrita anteriormente. Entonces, una vez se obtenga el NIF intracomunitario deberá indicarlo en sus facturas a través de su CIF. Comenzando con ES seguido del CIF correspondiente.
A grandes rasgos, quienes adquieran su NIF Intracomunitario tienen derecho a emitir facturas sin que repercuta IVA a sus clientes en algunas operaciones. Para conseguir este beneficio debe estar seguro que ambas partes estén correctamente inscritas en el Registro de Operaciones Intracomunitarias.
En caso de no cumplir este requisito, se debe repercutir el IVA español en la factura realizada a la empresa, profesional o persona intracomunitaria. De esta forma, se le dará trato a esta factura tal como una factura realizada dentro de España.
Es muy común que las diferentes figuras empresariales o personas se pregunten si califican para obtener un NIF Intracomunitario.
Por ello, dejamos una lista de quienes pueden obtener el NIF Intracomunitario:
• Empresarios o profesionales que estén o no en territorio español, es decir, que se les aplique o no IVA español, cuya actividad esté relacionada a la entrega de bienes o adquisiciones intracomunitarias.
• Empresarios o profesionales que adquieran servicios de otras partes no establecidas en el territorio peninsular de España e Islas Baleares, que son sjuetos pasivos del IVA.
• Personas jurídicas que hagan adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA.
Por lo general, se reduce la lista a estos tres tipos de empresas o personas. Sin embargo, es conveniente conseguir la asesoría necesaria para comprobar que se puede acceder al NIF Intracomunitario o no.
El NIF Intracomunitario le permitirá realizar diferentes tipos de operaciones, entre ellas están:
• Comprar bienes o contratar servicios de proveedores que tengan sede en otros países de la Unión Europea.
• Importar o comprar mercancía, servicios y bienes que se trasladen desde otros países de la Unión Europea.
• Venta de servicios a potenciales clientes y proveedores que tengan sede en otros países de la Unión Europea.
• Venta y exportación de bienes o mercantiles transportadas desde el territorio español a otros países de la Unión Europea.
Básicamente, lo que permite el NIF Intracomunitario es establecer transacciones comerciales con figuras comerciales que están fuera del territorio español y tienen sede en otros países de la Unión Europea.
En ese sentido, todo empresario o profesional que esté inscrito en el Registro de Operaciones Intracomunitarias está en la obligación de presentar el modelo 349 que declara sus operaciones intracomunitarias en periodos mensuales, trimestrales y anuales.
La comprobación de que su cliente o proveedor esté correctamente inscrito en el Registro de Operaciones Intracomunitarias y tenga su NIF Intracomunitario en orden es fundamental. Esto le evitará problemas legales y tributarios a su empresa o como particular.
Actualmente, la rigurosidad en la revisión del NIF Intracomunitario se ha intensificado. La Administración pasará el NIF correspondiente por una serie de estudios para demostrar la viabilidad y transparencia de este.
Todo esto, nace a partir de que en los últimos años se han registrado diferentes fraudes de IVA Intracomunitario realizando blanqueo de capitales.
Comprobar el NIF intracomunitario es sumamente importante para evitar cualquier problema legal o tributario, ahora llega el momento de entender cómo hacerlo correctamente.
Para hacerlo se puede recurrir al sitio web correspondiente: https://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/?locale=es donde podrá verificar la autenticidad del NIF Intracomunitario de la empresa o persona con la que está concretando su transacción comercial. donde podrá verificar la autenticidad del NIF Intracomunitario de la empresa o persona con la que está concretando su transacción comercial.
Por otra parte, puede hacerlo a través de la página web de la Agencia Tributaria AEAT. En general, estas dos formas de hacerlo son las más confiables y eficientes.
La principal recomendación es que, al momento de recibir una factura sin IVA de una empresa que está ubicado en algún país de la Unión Europea, revise de inmediato si está inscrito en el censo VIES.
Es decir, si realmente posee un NIF Intracomunitario asignado que le permita realizar este tipo de operaciones.
En definitiva, conocer todos los deberes tributarios al momento de operar con empresas de la Unión Europea es sumamente importante.
Es su responsabilidad mantener su empresa o sus servicios dentro de la legalidad tributaria.