Las obligaciones tributarias son parte esencial de nuestros deberes como ciudadanos.
En ese sentido, sumado a lo que se consume a nivel personal, las empresas y los profesionales independientes asumen en el pago del IVA en los diferentes productos que adquieren y en los servicios que contratan.
Entonces bien, resulta conveniente entender con detenimiento todo lo que significa el IVA. En este artículo, puntualizamos lo más importante sobre el IVA para que tenga una idea clara de lo que representa.
El Impuesto sobre el Valor añadido se trata de un impuesto indirecto en España, este busca gravar con impuestos el consumo, tanto de bienes como servicios. Tiene un funcionamiento distinto al de otros impuestos, en el caso particular del IVA, este se aplica durante todas las fases del bien desde la fabricación hasta la venta.
En ese sentido, este impuesto termina afectando el precio final que soporta el consumidor. El IVA se aplica en todo el territorio español, con excepción en el archipiélago Canario, que tiene su propio impuesto IGIG, Ceuta y Melilla.
En términos generales, los particulares pagan el IVA mientras que las empresas y los autónomos lo gestionan con la finalidad de ingresarlo a la Administración.
Por ello, se considera el IVA como impuesto indirecto al no considerar la renta del consumidor, es decir, está relacionado al producto en sí y no mira quién lo termina pagando; lo que se traduce en que todos los consumidores terminan pagando lo mismo en IVA por cierto producto.
Además, el IVA se califica como un impuesto de carácter regresivo. Es decir, las cadenas de producción van sumándolo hasta llegar al cliente final. Las diferentes entidades funcionan como recaudadoras del IVA para el Estado.
El IVA se compone de tres elementos:
La base imponible: se trata del importe total de la contraprestación de las operaciones sometidas al tributo.
El tipo impositivo: hace referencia a un porcentaje que se aplica a cada contraprestación con la finalidad de determinar el importe del mismo.
La cuota del IVA: es el resultado de aplicar el tipo impositivo a la base imponible.
El Impuesto del Valor Añadido tiene su propia legislación, se rige por la ley 37/1992 que entró en vigor el 28 de diciembre de 1992.
Lo habitual dentro de un país es que existan diferentes tipos de IVA, en general, esto se debe a que dependiendo del sector al que pertenezca el servicio tiene un importe diferente. En España existen tres tipos de IVA:
IVA General
Se trata del impuesto que más se aplica a los bienes y servicios, exceptuando algunos que están categorizados para otro tipo de IVA. El IVA general es de 21% y se suele aplicar al calzado, la ropa, servicios de mantenimiento y demás.
IVA reducido
El IVA reducido es de un 10%. Este impuesto se aplica a la mayoría de los bienes y servicios que se relacionan de forma directo al sector alimentación, excepto algunas particularidades que están sometidas a otro tipo de impuestos.
En términos generales, se aplica el IVA reducido a los alimentos de consumo humano y animal, productos del sector agrícola y ganadero, servicios relacionados al agua, productos sanitarios y otros relacionados. Es importante destacar que las bebidas alcohólicas están incluidas en este impuesto.
Además, el IVA reducido es aplicado a los servicios de reparación de viviendas, limpieza de urbanismos, asistencia sanitaria y demás. Asimismo, los servicios culturales como el cine, teatro y música están dentro de esta categoría.
IVA superreducido
El IVA superreducido es del 4% y contempla los productos que son considerados de primera necesidad, entre ellos están los alimentos básicos, libros, medicamentos, vehículos para movilidad reducido y algunos otros.
Tanto las empresas como los trabajadores independientes funcionan como intermediarios entre los consumidores y la Administración para el proceso de recaudación de impuestos. Su obligación es incluir este impuesto en todas sus facturas emitidas para finalmente abonarle ese aporte al Estado.
Es importante marcar una diferencia entre el IVA soportado y el IVA repercutido. Para comenzar, el IVA repercutido es el que se paga por adquirir un bien o contratar un servicio, mientras que el repercutido es aquel incluido en las facturas para su cobro posterior y pago a Hacienda.
La obligación de las empresas y los autónomos es presentar el modelo 303 para declarar el importante resultante, esto debe hacerse de forma trimestral. En términos generales, se trata de una obligación tributaria de rutina que no resulta complicada para las empresas y los autónomos.
Existen diferentes actividades comerciales que están exentes de este tipo de impuestos. Permitiéndose emitir una factura sin aplicar ninguno de los tipos de IVA.
Dentro de esas actividades están las operaciones médicas sin incluir las operaciones estéticas, las actividades educativas sin incluir las clases particulares o los cursos a distancia, las actividades sociales, culturales y deportivas con un fin social, las operaciones financieras y de seguro, y las operaciones inmobiliarias.
Además, hay otras actividades que no tienen esta obligación impositiva, sin embargo, las nombradas son las más generales y comunes. De cualquier forma, lo más conveniente es investigar y asesorarse como corresponda para entender todo la obligación tributaria alrededor de su actividad comercial.
El IVA no sujeto se refiere a operaciones que no están contempladas en la Ley del IVA, su diferencia con las actividades exentas, es que para estas últimas la ley tiene estipulaciones explicitas que las exenta del pago de este impuesto, mientras que el IVA no sujeto se refiere a actividades que no están dentro de la normativa pero son lícitas.
En ese sentido, para ilustrar este tipo de actividades, un buen ejemplo es la transacción entre particulares, bien sea de productos de segunda mano o cualquier otro bien que no se esté recogido dentro de la ley.
Es decir, para que exista la figura impositiva del IVA es necesario que una de las partes dentro de la transacción (en particular, la parte comercializadora) sea una figura jurídica.